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Es la intención del Blog concienciar la educación en adultos. La educación no es un servicio ni un privilegio, sino un derecho humano fundamental por lo que el Estado tiene la obligación de invertir todos los recursos posibles para garantizarla a toda la población. Puesto que la educación no esta orientada solamente a la formación individual, sino sustancialmente a la formación comunitaria.

"La educación es la base de nuestra sociedad"

viernes, 2 de diciembre de 2011

Programas Educativos de Alfabetización y Orientaciones Técnico Pedagógicas.



Las acciones de alfabetización se desarrollan como un proceso no escolarizado de Educación de Adultos destinado a atender las necesidades educativas mínimas de la población analfabeta, que se ubica preferentemente en la población entre los 15 y los 40 años.

Los programas educativos se caracterizan por inscribirse dentro de una concepción de Educación

Popular y por la contradicción existente entre sus postulados y la práctica real:

- Los contenidos curriculares se orientan a instrumentar al adulto analfabeto en el manejo del

lenguaje escrito y en las técnicas operativas y destrezas que posibilitan el mejoramiento de su nivel

de vida personal, familiar y comunitaria.

- Son flexibles en su aplicación, adecuándose a las características socio económicas y culturales

de los usuarios y a las distintas regiones del país.

- Tienen cobertura nacional y prioridad en zonas de mayor índice de analfabetismo y en aquellas de importancia estratégica para el desarrollo y la seguridad nacional.

La práctica seguida desmiente estos postulados, pues las campañas realizadas hasta ahora han sido en castellano, sin respetar la lengua originaria de los destinatarios. Ha sido transmisora de los valores del grupo económicamente dominante, por lo cual no ha calado profundamente en el espíritu de los educandos. Las zonas fronterizas no han sido cubiertas de manera adecuada ni siquiera por el sistema formal y regular de educación.

Las propuestas del D.S. 23950 de Organización Curricular, en sus artículos 74º, 75º y 76º recuperan la larga tradición que existe en este tipo de experiencias en Bolivia, tratando de darle el sustento legal para que pueda pasar de un mero deseo a una realidad:

- Debe ser intercultural, de acuerdo con la naturaleza multiétnica, pluricultural y multilingüe del país.

- Debe ser bilingüe cuando atiende a población monolingüe o bilingüe hablante de un idioma

originario, y propiciando el aprendizaje de un idioma originario como segunda lengua, cuando

atiende a población hablante castellano.

- El diseño curricular debe incluir además del desarrollo de competencias de lectura y escritura en

el idioma originario en una primera fase, la adquisición de competencias comunicativas en el castellano como segunda lengua, tanto a nivel oral como escrito.desarticulación con las características sociales y culturales e incluso lingüísticas, de la población destinataria.

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